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Una mancha roja, aceitosa y de olor ferruginoso apareció en la playa del lago de Izabal en Guatemala. Era marzo de 2017. No pasó mucho tiempo y los pescadores y los pobladores de El Estor se vieron afectados por la contaminación. Dos meses después, en la represión de la protesta por las actividades de una empresa minera de níquel, murió por disparos un pescador. Las autoridades negaron ser responsables de esa muerte, así como la contaminación minera, y los manifestantes y un periodista fueron acusados penalmente y detenidos. Según aseguran investigaciones posteriores, la empresa minera suizo-rusa Solway fue la causante de la contaminación.

Este caso, revelado en el reportaje Mining Secrets, publicado por un consorcio periodístico internacional, llegó a la comisión de derechos humanos del Parlamento Europeo en septiembre de 2022. Ahora que el periodista criminalizado fue liberado de cargos a finales de enero de 2024, el caso sirve de ejemplo. El momento es importante: dentro de pocos días, la Eurocámara aprueba la directiva de debida diligencia (CSDDD, por sus siglas en inglés) para empresas europeas y para las que operen en territorio comunitario.

¿Ayudaría la debida diligencia en casos como este?  Expertos opinan afirmativamente si quieren comerciar con Europa, deben acogerse a la directiva. Es decir, la minera deberá responder por los daños ambientales causados y reparar a las víctimas.

Con todo, la largamente negociada debida diligencia no es todo lo que se esperaba. En el trayecto de su aprobación, se ha ido descafeinando. Por ejemplo, no aplica para el sector financiero: bancos y fondos de inversión. El poder que tienen es inmenso y sería esencial obligarlos a la diligencia debida para prevenir impactos ambientales y sociales de sus inversiones.

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